VÍA
CRÍTICA
Cuidado con los agentes del caos electoral
Llegó la hora cuchi-cuchi, como dijera Beto
“El Boticario”. Aquella época en la que el significado de “guerra” se convierte
en la más espectacular y versátil herramienta de persuasión. Esa temporada en
la que sales a orear tus ideas en alguna plaza pública, pero regresas a
tu hogar como “turista electoral”, con propaganda política hasta en los
calzones. Así es: iniciaron las insufribles campañas.
Atrás quedaron los Morris, los 132 y los peligros para México.
Si acaso, permanece en la confundida molestia colectiva aquello que con
abolengo han llamado “el caso Aristegui”, lo cual no es más que un
acontecimiento diseñado para “alborotar el gallinero” (y que ha logrado con
éxito, por cierto).
No obstante,
la más reciente reforma en materia político-electoral está en marcha, y con
ella, la ciudadanización de la democracia está más cerca (o por lo menos eso se
espera).
Pero a pesar de esto -y para nuestra desgracia- lo que prevalece es el
desconocimiento y el desinterés en algunos de los temas de la agenda nacional
que, en estos momentos, juegan un papel determinante para alcanzar aterrizar la
conciencia de voto que tanto le urge al país.
En este contexto, uno de los factores más afectados es el ejercicio mismo del
voto. ¿Votar o no votar? Es la pregunta que una cantidad considerable de
connacionales se preguntan; con miedo y hasta con dejos de mala leche en
quienes más o menos saben lo que significa la duda por sí sola.
Como ejemplo de lo anterior, está una información que a menos de 24 horas de
iniciadas las campañas electorales, ha comenzado a regarse como pólvora, con la
evidente finalidad de agravar la irresponsabilidad cívica de las votaciones.
Varios medios de comunicación han circulado una tormentosa noticia: si no votas
o promueves el abstencionismo, te irás al bote o mínimo tendrás que
pagar una multa por ello, de acuerdo –según ellos- en el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Ahora bien y como siempre: el presente panfleto, en su incesable búsqueda de
representar un elemento útil y menos alarmista de y para la información; expone
lo siguiente para su consideración y en relación a dicha “noticia” que ya le ha
provocado varios sustos a la sociedad.
El Artículo 7 del Capítulo II de la Ley General en Materia de Delitos
Electorales (vigente al 26 de marzo de 2015), dice:
Se impondrán de cincuenta a cien días multa y
prisión de seis meses a tres años, a quien:
…
III. Haga proselitismo o presione objetivamente a
los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas
o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de
orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo
Asimismo, el numeral VII del mismo Artículo,
especifica:
(A quien) solicite votos por paga, promesa de
dinero u otra contraprestacion, o bien mediante violencia o amenaza, presione a
otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un
candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el
día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
…
De igual forma, se sancionará a quien amenace con
suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en
eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un
candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del
derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido
político o coalición.
Como se puede apreciar, el documento precisa (y por
si las dudas, en esta ocasión quien suscribe lo ha subrayado para que no queden
dudas), que las sanciones –ya sea cárcel o multa- se aplicarán a quien
coaccione el voto o la anulación de éste el día de la jornada electoral o tres
días antes, no antes y menos, después, mientras que en el apartado de los
programas sociales, la negación de éstos utilizando la abstención del voto o el
sufragio a favor de algún candidato o partido político, queda reservado para el
desarrollo de las campañas o el día de la jornada, pero solo tratándose de coacción.
¿Qué refiere lo anterior? Ahí le va, para que ya le baje a los bolillos para el
susto: la libertad de expresión no se coarta con la nueva Ley Electoral,
pues únicamente el condicionamiento de medios públicos (como los programas
sociales) son motivos de sanción, lo cual queda –además- especificado en los
artículos subsecuentes (8, 9, 11 y 20) donde se acentúa que durante la fase de
campañas, únicamente los servidores públicos o funcionarios electorales que
coaccionen el voto o la abstención, serán castigados.
La reflexión, sin embargo, es: ¿en realidad es conveniente no votar? ¿Esto,
independientemente de que haya personajes tan representativos como Javier
Sicilia que promuevan la anulación del voto?
Si se lo dejamos a la matemática básica, la explicación sería más o menos la
siguiente: si tenemos seis votantes, de los cuales tres sufragan por un mismo
partido y dos por otro, queda uno que sería el decisivo. Si éste es anulado
¿quién gana, entonces?
Por tanto,
echémosle tantito coco si es que de verdad “estamos hartos”, sugiero.
Si no,
quizás al igual que quien difunde información falsa (sobre todo por internet)
como la de las sanciones por promover la abstención; nos convertiremos en
simples agentes del caos electoral que terminarán igual de empinados que
quien sí votó ¿o no?
SUI GENERIS
Hay que tomarle la palabra al presidente Peña. Dice
que en México, 47.4 millones de personas tienen acceso a internet. Es decir:
que durante su gestión, el porcentaje de internautas ha aumentado de 21 a 40
por ciento la cantidad de usuarios (y vaya que debemos agradecerle el hecho,
pues sus “chistes” no es tan fácil encontrarlos en los medios de comunicación
tradicionales).
Pero ¡cuidado! Porque la internet tampoco garantiza veracidad en lo que se ve y
menos aún asegura que habrá de esa prostituida “objetividad” que por inercia
buscamos en los contenidos que circulan en la también conocida como
“supercarretera de la información”. Eso ya lo deberíamos saber.
Y es que aterrizando lo anterior en nuestra entidad, Veracruz está, junto con
Zacatecas, Chihuahua, Michoacán y Nayarit, en el Grupo II de mayor incidencia
en abstención, según el Instituto Nacional Electoral, por lo que es de
esperarse que, dada la coyuntura socio-política del país, estas elecciones
representen el momento ideal para la confusión por parte de los actores
políticos y mediáticos que tienen como especial interés desestabilizar los
comicios a través de información tergiversada a través internet; recurso que ha
aumentado exponencialmente su presencia en la decisión de voto de las y los
mexicanos, precisamente por la apertura por la que pasa su acceso.
POST-IT: Y a todo esto ¿qué de malo tiene si en un futuro no lejano se institucionaliza
el voto obligatorio en México? Quizás representaría un acicate necesario para
indagar más por quién estamos votando y no hacerlo a lo bruto (como bruto
es no votar, también para después quejarse de que ganó “el o la peor”… sin que
nosotros hiciéramos algo para evitarlo). ¿Qué no todo México quiere un
presidente como el ex de Uruguay, José “Pepe” Mujica? (o por lo menos eso se
dice en las redes sociales). Bueno, pues allá en el país sudamericano es
constitucionalmente obligatorio el voto y el porcentaje de participación
electoral en las últimas cuatro elecciones no ha variado en más del dos por
ciento, en comparación con el siete por ciento oscilante de México ¡plop!
Facebook: Miguel Ángel Gómez Polanco
Twitter: @MA_GomezPolanco
Correo electrónico: magomezpolanco@gmail.com
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